Historia de Los Los Tres Brazos : La Venta de Los Terrenos del Barrio (Capítulo II, 2-2)
Para lograr que Los Tres Brazos no fueran vendidos con
sus pobladores viviendo
dentro del Barrio, se realizaron muchas jornadas de lucha por parte sus
moradores y otras organizaciones de apoyo, además
de la prensa radial, televisiva, escrita y las redes sociales también pusieron
su granito de maíz.
La campaña Casa
Ya, articulada desde el Foro Ciudadano, y los moradores del sector, inician un
proceso de lucha en contra de la venta ilegal de los terrenos y la situación de
desalojo para cientos de familias.“El colectivo asegura que el año de fomento
a la vivienda declarado el 2016 mediante decreto 389-15, emitido por el presidente Danilo Medina, deja deudas
pendientes en materia habitacional a las familias dominicanas, una de ellas es
la situación de la seguridad en la tenencia de la tierra, condición imperativa
para la garantía del derecho a la vivienda digna, recogida en el artículo 59 de
la Constitución Dominicana” (Alternativa, 2016); a lo que agregan que existe un
déficit habitacional de 2 millones de viviendas.
Se mantuvo una
movilización social constante en exigencia de justicia efectiva hacia los
implicados en el fraude, la detención de los cobros y desalojos, además de
realizar una titulación justa y real en los terrenos de las personas que ya los
habitaban. También hubo movilización constante de la ciudadanía en general y
establecimiento de posiciones de apoyo; se utiliza incidencia en redes
sociales, uno de los hashtags utilizados fue #ElBarrioNoSeVende
El caso tuvo gran
seguimiento desde la prensa.
Varios
comunicadores se unieron al reclamo de la comunidad bajo la campaña Brazos
Solidarios: La venta de un barrio, que junto a distintas organizaciones
sociales y moradores/as del sector fijaron sus posiciones frente al caso en
transmisión simultánea en una programación especial por los canales CDN 37,
Teleantillas canal 2 y Telesistema canal 11, además de emisoras radiales como
La Nota 95.7f m y la Unión Dominicana de Emisoras Católicas (UDECA).
Un poquito de historia de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE).
La Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE) fue creada mediante la Ley No. 289 del año 1966. Según el artículo 2 de esta Ley, esta corporación tenía por objeto administrar, dirigir y desarrollar todas las empresas, bienes y derechos cedidos por el Estado u otra institución estatal, semi estatal o privada, o adquiridas por la misma como organismos independientes, con la finalidad de incrementar el patrimonio del Estado.
Esta empresa fue
disuelta por medio del decreto 16-17 emitido por el presidente Danilo
Medina, luego del escándalo por la venta de los terrenos de Los Tres Brazos por
80 millones de pesos, que ponía esta tarea en manos de una comisión compuesta
por: el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Flavio Darío Espinal, el
director de la Comisión Permanente de Titulación de Terrenos del Estado, José
Dantés Díaz y el director de Ética e Integridad Gubernamental, Lidio Cadet.
En esencia, se trataba de una Corporación creada a fin de administrar las empresas que pasaron al Estado dominicano como consecuencia de la caída de la dictadura de Trujillo y que, por tanto, pasaron a ser empresas públicas.
La incidencia de
CORDE y sus empresas en la actividad económica dominicana se vería progresivamente
reducida con la entrada en crisis del rol empresarial del Estado. Su última
estocada vendría de la mano del proceso de reforma de la empresa pública que se
inició en el año 1997 y que produjo una ola de privatización, tal cual sucedió
en otras partes de América Latina.
Sin embargo,
algunas de las empresas administradas por CORDE no pudieron seguir operando a
través de su privatización y se han mantenido bajo la responsabilidad de la
corporación.
Dentro de las
empresas administradas por CORDE se encuentra la Sociedad Comercial Dominicana
Industrial de Calzados, C. por A.
Si bien esta
empresa ha dejado de operar hace bastante tiempo y no pudo ser reformada a
través de su privatización, la misma mantiene activos inmobiliarios de
importante significancia.
Esta empresa
figuraba como propietaria de parte de los terrenos de Los Tres Brazos que
fueron vendidos a una empresa privada, específicamente lo que era la Parcela
No. 153-A-2 del Distrito Nacional, de conformidad con el contrato suscrito por
el mayor monto (RD$72, 000,000.00). En dichos terrenos se produjeron
asentamientos humanos posteriormente al paso del Ciclón David (1979),
constituyéndose en lo que hoy conocemos como Los Tres Brazos.
La República
Dominicana aunada a una corriente latinoamericana de reforma de la empresa
pública que consistió esencialmente en la privatización de las empresas
públicas estatales, fundamentó su proceso la Ley No. 141-97 sobre reforma de la
empresa pública.
Dentro de las
empresas públicas sujetas a este proceso de reforma estaban todas las empresas
que integraban a CORDE, incluyendo la Sociedad Comercial Dominicana Industrial
de Calzados, C. porA.
La Ley creó una
Comisión de Reforma de la Empresa Pública como entidad responsable del proceso
de reforma y transformación, con poder jurisdiccional sobre todas las empresas
sometidas a la misma, por lo que, evidentemente, las potestades reconocidas al
CORDE por su Ley quedaron limitadas.
La Ley No. 141-97
estableció varias modalidades de reforma de la empresa pública. La principal
modalidad de reforma prevista por la Ley fue la de la capitalización,
desarrollada a través de un proceso contentivo de una fase de pre-calificación
del inversionista privado y una fase de selección de conformidad con una
licitación pública internacional.
Por otro lado, la
Ley previó otras modalidades de reforma para los casos en los cuales no fuera
posible la capitalización.
En dicho sentido,
el artículo 16 estableció la modalidad de concesión, la modalidad de
transferencia de acciones y/o activos y la modalidad de venta de activos.
Para todas las
modalidades de reforma la Ley requería una auditoría patrimonial previa
contratada a través de una licitación pública internacional a fin de determinar
la situación de las empresas.
De conformidad
con las memorias de la Comisión para la Reforma de la Empresa Pública, titulada
“Reforma de la Empresa Pública: un camino al desarrollo y a la modernidad”,
diversas empresas sujetas al proceso de reforma fueron consideradas como
cerradas y sin vocación operativa.
Dichas empresas
fueron divididas en distintos grupos y dentro de las mismas fue identificada la
Sociedad Comercial Dominicana Industrial de Calzados, C. por A.
La Comisión para la Reforma de la Empresa Pública contrató las auditorías patrimoniales previstas por Ley y, posteriormente, determinó que como consecuencia de la situación del grupo de empresas donde se ubicaba la Sociedad Comercial Dominicana Industrial de Calzados, C. por A., la modalidad aplicable a la misma era la de venta de activos y/o acciones. Por esta razón solicitó al Poder Ejecutivo la autorización para proceder con dicha modalidad, y mediante Decreto No. 533-99 la misma se produjo.
Con esto se daba
cumplimiento al artículo 12 de la Ley que obligaba a que el Poder Ejecutivo
emitiera una autorización para agotar la modalidad a desarrollar.
La finalidad que
según las Memorias se les daría a los bienes de estas empresas serían
principalmente dos: el traspaso a CORDE de los inmuebles a fin de que sirvieran
como dación en pago frente a deudas contraídas con el Banco de Reservas y el
traspaso de los bienes muebles útiles al Estado dominicano a fin de que fueran
aprovechados por la distintas instituciones.
Para el primer
caso, los accionistas de las empresas nombraron un Comité de Liquidadores que
posteriormente transfirió a CORDE todos los activos y pasivos mediante un
Convenio de transferencia suscrito en el año 2000.
Para el segundo
caso, CORDE suscribió un Convenio de Transferencia con Bienes Nacionales,
mediante el cual le transfirió los bienes muebles y maquinarias.
Según el párrafo II del artículo que establece
las modalidades de reforma distintas a la
capitalización, en caso de que las modalidades escogidas fueran de
transferencias de acciones y/o activos o de venta de activos, aplicaría el
artículo 55, inciso de 10 de la Constitución vigente al momento de la
promulgación de la Ley. Este artículo establecía la obligación constitucional
de someter a aprobación congresual la enajenación de determinados bienes.
Actualmente dicha
obligación se encuentra en el artículo 128.2.d. Lo curioso de la información
ofrecida en las memorias es que se enuncia constantemente la obligación de
agotamiento del procedimiento de aprobación constitucional para la modalidad
utilizada para este tipo de empresa, pero no se hace referencia a alguna a la
Resolución del Congreso Nacional que habría satisfecho dicha obligación.
Todo parece
indicar que dicha Resolución nunca se produjo, ni al momento de transferir los
inmuebles a CORDE, ni al momento de éste hacer la venta que ha causado tanto
revuelo en la opinión pública.
El párrafo II,
artículo 16 de la Ley No. 141-97 sobre Reforma de la Empresa Pública, es claro
al establecer que sí se adoptaba la modalidad de la transferencia de acciones
y/o activos o la modalidad de la venta de activos, debía proceder de
conformidad con el artículo 55, inciso 10 de la Constitución entonces vigente,
que requiere la aprobación del Congreso Nacional.
Al adoptarse la
modalidad de transferencia de acciones y/o activos para el caso de la Sociedad
Comercial Dominicana Industrial de Calzados, C. por A., existía la obligación
legal de someter a la aprobación del Congreso Nacional dichas transferencias.
Esto quiere decir
que al producirse la venta de los terrenos de Los Tres Brazos se incumplió con
este requerimiento Constitucional.
Se conocen como
los principales implicados en la venta fraudulenta a José de Pool Dominici,
socio mayoritario de la empresa Titulatec; Leoncio Almánzar, director de la
Corporación Dominicana de Empresas Estatales -CORDE-; Rosabel Castillo Rolffot,
directora Nacional de Registro de Títulos, Irving José Cruz Crespo, consultor
jurídico de la CORDE; y Manuel Aybar, gerente inmobiliario de la misma; la
mayoría de estas personas fueron parte de las direcciones en distintas
instituciones del Estado.
Los moradores/as del sector reclaman que
faltan imputados, “ya que no se han mencionado los representantes de las
estafetas de Banreservas que todavía quedaron enganchados residentes de este
sector y que aún les siguen cobrando”.
El Informe de la Comisión designada por el presidente Danilo Medina, fue presentado el 27 de enero de 2017 y remitido al Ministerio Público; los comunitarios del sector manifestaron sentirse satisfechos: “Se reafirmó lo que la comunidad había expresado: que era un contrato ilegal e ilegítimo que lesionaba el interés del Estado y de la comunidad” (Alternativa, Casa Ya, 2017).
Este informe
hacia las siguientes recomendaciones: el cierre definitivo de la CORDE y su
auditoria a través de la Contraloría General de la República, el no reconocimiento
de las ventas de las parcelas 153 A-1, 153 A-2 y 155, restitución de los
derechos a su estado original, corrección de los aspectos catastrales y de
registro de las parcelas, formalización a través del Estado de los terrenos
adquiridos con la compra de los terrenos con recursos. (Evaluadora, 2017).
Por el caso de
fraude fueron procesadas 11 personas:
Leoncio Almánzar ex director de CORDE, Irving José Crespo ex consultor jurídico de CORDE, Manuel Aybar Ferrando ex gerente inmobiliario de CORDE, Rosabel Castillo directora Nacional de Titulación, Domingo Geraldo Lebrón, Carlos Aris Gómez, ejecutivo de INFEPA, Julio Cesar Gómez ejecutivo de INFEPA, Juana Inés Gómez de Inmobiliaria GOWI, José Enrique Depol de la empresa Titutalec, y los agrimensores Antonio Ozuna Nolasco, y Adonis Ruiz Meller; fueron acusados de prevaricación, abuso de jurisdicción, falsedad, desfalco, estafa contra el Estado y asociación de Malhechores.
El ex director
del CORDE dijo que “no conocía del decreto de Joaquín Balaguer, sabía que los
terrenos vendidos eran del Estado, además que no había visto que para la venta
de algún activo a cargo de la CORDE tenía que ser aprobado por el Congreso
Nacional, las medidas de coerción fueron conocidas el 30 de julio de
2018 por el juez José Alejandro Vargas.
“El juez de la
Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional,
José Alejandro Vargas, impuso tres meses de prisión preventiva contra Leoncio
Almánzar Objío, ex director de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales
(CORDE); Manuel Aybar Ferrando, ex gerente Inmobiliario; Domingo Gerardo Lebrón
de los Santos, los hermanos Carlos Aris Gómez Williams y Julio César Gómez Williams,
principales accionistas de la entidad comercial INFEPA, así como de Juana Ynés
Gómez Williams, hermana de los imputados Gómez Williams y principal accionista
y representante de la entidad comercial Proyecciones Inmobiliarias GOWI, y José
Enrique de Pool Dominici, principal accionista y representante de la entidad
comercial TITULATEC”(PGR, 2018).
A los demás
imputados se les establecieron sanciones económicas. Las medidas de coerción
debían ser cumplidas en los Centros de Corrección y Rehabilitación (CCR) de
Najayo Hombres y Najayo Mujeres, en San Cristóbal.
Para el 3 de
octubre de 2018 los comunitarios/as, a través del Comité de Lucha y
representados por una barra de abogados/as conformada por la Comisión Nacional
de los Derechos Humanos, se querellaron contra los abogados de vender los
terrenos del sector.
El 18 de octubre
de 2018 fueron liberados 7 de los 11 imputados por pago de garantías económicas
desde los 10 hasta los 3 millones de pesos, decisión tomada por la Tercera Sala
de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que varió de prisión a arresto
domiciliario la medida de coerción, también se declaró el caso como complejo
(JR, 2018).
Al día de hoy el
sector de Los Tres Brazos aún se encuentra en un “limbo” porque no se ha
llevado a cabo una regulación y registros legales para normalizar la situación
de cientos de familias, que aunque residen desde hace más de 40 años en el
sector, no tienen una titulación de sus terrenos.
“El vocero de la
comisión del Comité de Lucha del sector Los Tres Brazos, Milcíades Gerardo,
aclaró este sábado que la principal finalidad de esa comunidades que se
entreguen los títulos de propiedad a los residentes” (TV, 2018).
Fueron imputadas
12 personas por el caso, y se realizó un informe de la situación mediante una
comisión designada por el presidente. El caso no dio soluciones satisfactorias,
puesto que 7 de los imputados fueron liberados mediantes sanciones económicas,
contrario al reclamo del pueblo.
La rápida
reacción de las organizaciones sociales y los comunitarios/as, cohesionadas en
el Comité de Lucha por Nuestras Viviendas, son un gran ejemplo de lucha,
solidaridad y organización, mostrando que situaciones de injusticia pueden ser
detenidas con la movilización ciudadana.
Los medios de
comunicación mantuvieron la difusión del caso; la integración en la exigencia
de justicia de diversos comunicadores/as, fue un gran impulso para la lucha.
El Estado como
garante de derechos, tiene el deber de crear, favorecer y fortalecer las
condiciones para asegurar a los ciudadanos y ciudadanas el Derecho a la
Vivienda como está establecido en el artículo 59 de la Constitución Dominicana.
Se debe realizar
un Plan de Titulación en El Barrio de los Tres Brazos y en otras zonas del país
que se encuentran en las mismas condiciones, cumpliendo con los marcos legales
existentes, como la Ley de Registro de Tierras, además del Derecho a la Tenencia
o Propiedad.
Fuente de información; gran parte de la misma es de un informe preparado por Ciudad Alternativa.
Para el lunes 9 de agosto publicaré la educación en Los Tres Brazos.
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